Se
estima que desde mañana ya se podrá gestionar el trámite. Randazzo lo
presenta hoy pero tendrá vigencia tras decreto de Cristina.
Randazzo
presentará la reglamentación de la norma, que luego será puesta en
vigencia por decreto de la Presidente. Tras su publicación en el Boletín
Oficial, probablemente mañana, podrá comenzar a gestionarse el trámite.
El trámite del cambio de sexo, que demandará de diez días a dos meses
–dependiendo de cada Registro Civil–, consiste en la presentación de un
formulario de pedido de reconocimiento de identidad y la copia
certificada de la partida de nacimiento y del DNI.
Después de esa primera presentación, el Registro Civil dispondrá la
reserva de la partida de nacimiento para generar una nueva, que referirá
a una resolución interna de cada dependencia donde quede registrado el
acto, pero de forma confidencial, tal como lo establece la ley.
Esto implica que, "salvo una orden judicial o interés legítimo, los
datos que fueron removidos serán públicamente inaccesibles; mientras que
los documentos que emitirá el Registro Civil sólo contendrán los datos
nuevos, lo que pondrá en pie de igualdad a la persona que ejerció el
derecho de identidad de género contemplado en la ley", explicó eltitular
de la FLGBT.
A partir del cambio de datos en la partida y el DNI, el titular de la
FLGBT aclaró que se iniciará otro proceso más extenso de adecuación de
documentación escolar, de previsión social, salud y cuestiones
patrimoniales, entre otras, que demandará mecanismos administrativos que
respondan a esta nueva situación.
Mediante esta ley, se le otorga a toda persona el derecho a adecuar toda
su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin
necesidad de recurrir a la Justicia. Tampoco se le pide que haya
realizado una operación de cambio genital.
La reglamentación de la ley
El ministro del Interior, Florencio Randazzo, presentará esta tarde, a
las 17 en el Salón de los Escudos de la Casa Rosada, la reglamentación
de la Ley de Identidad de Género, que luego será puesta en vigencia por
un decreto de la presidente Cristina Kirchner.
Una vez reglamentada la Ley 24.743 y publicada en el Boletín Oficial,
podrán realizarse los trámites de cambio de sexo y nombre en el
Documento Nacional de Identidad de toda persona que lo solicite, según
informó el Ministerio del Interior.
